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El divorcio en Chile: comprender una realidad familiar más allá de la separación.

  • Foto del escritor: Gabriel Claussen
    Gabriel Claussen
  • 6 ago
  • 7 min de lectura

El divorcio para las personas constituye uno de los acontecimientos más significativos en torno a la vida familiar. No solo implica el término de una relación conyugal, sino también una profunda reorganización de los vínculos afectivos, las responsabilidades parentales, la economía familiar y los proyectos de vida de quienes integran el núcleo familiar. En este contexto, reducir el divorcio únicamente a un procedimiento legal resulta insuficiente. Se trata de un fenómeno social, psicológico y jurídico que ha evolucionado junto con las transformaciones culturales experimentadas por la sociedad chilena durante las últimas décadas.


Durante gran parte de la historia republicana, Chile fue uno de los pocos países occidentales que no contemplaba el divorcio vincular. La promulgación de la Ley N.º 19.947 sobre Matrimonio Civil, en el año 2004, marcó un punto de inflexión en el derecho de familia chileno al permitir por primera vez la disolución legal del matrimonio. Sin embargo, el debate que precedió a esta reforma estuvo cargado de argumentos religiosos, morales, jurídicos y sociales, que reflejaban distintas concepciones sobre el matrimonio, la familia y el rol del Estado en la regulación de la vida privada.


Actualmente, más de veinte años después de la entrada en vigencia de esta legislación, la evidencia permite analizar con mayor objetividad cuáles han sido sus efectos y qué desafíos continúan presentes para las familias chilenas.


El divorcio a través de la historia


Aunque hoy el divorcio parece formar parte del funcionamiento habitual de los sistemas jurídicos modernos, históricamente no siempre fue así. En distintas civilizaciones antiguas existieron mecanismos para poner término al matrimonio, como ocurrió en el Derecho Romano o en el Código de Hammurabi. Posteriormente, con la consolidación del cristianismo en Europa, el matrimonio adquirió un carácter sacramental e indisoluble, limitando enormemente las posibilidades de disolver legalmente la unión conyugal.


En los países de tradición occidental, la incorporación del divorcio ocurrió de manera gradual. Francia lo introdujo tras la Revolución Francesa, mientras que durante el siglo XX la mayoría de Europa y América fue adaptando su legislación. Chile, en cambio, permaneció durante décadas sin reconocer legalmente esta posibilidad, transformándose en uno de los últimos países occidentales en hacerlo.


Esta tardanza no significó que los matrimonios permanecieran intactos. Miles de parejas ya vivían separadas de hecho o recurrían a mecanismos jurídicos alternativos para poner fin a una relación que, en la práctica, había terminado hacía años.


Antes de la Ley de Divorcio: la nulidad como solución imperfecta.


Hasta el año 2004, quienes deseaban terminar legalmente un matrimonio disponían principalmente de la nulidad matrimonial basada en la incompetencia territorial del oficial del Registro Civil. Este procedimiento consistía, en muchos casos, en demostrar que alguno de los cónyuges había declarado un domicilio distinto del que realmente tenía al momento de casarse. Aunque jurídicamente se trataba de una nulidad, en la práctica funcionaba como un divorcio encubierto. Sin embargo, este sistema presentaba importantes problemas.

  • En primer lugar, exigía el consentimiento de ambos cónyuges, por lo que una persona que deseaba poner término al matrimonio dependía completamente de la voluntad del otro.

  • En segundo lugar, requería contratar abogados particulares, lo que convertía la nulidad en un recurso mucho más accesible para personas con mayores recursos económicos.

  • Finalmente, dejaba escasamente protegidos a quienes quedaban en una posición económica más vulnerable tras la separación, especialmente mujeres y niños.

Diversos autores sostienen que esta práctica terminaba debilitando la legitimidad del propio sistema jurídico, ya que se sustentaba en una ficción ampliamente conocida tanto por jueces como por abogados y litigantes.


La Ley de Matrimonio Civil de 2004.


La promulgación de la Ley N.º 19.947 introdujo un cambio profundo en el derecho de familia chileno. Su principal innovación consistió en establecer que el divorcio pone término al vínculo matrimonial, permitiendo que las personas puedan contraer un nuevo matrimonio civil. Esta ley contempla distintas modalidades para acceder al divorcio.

Puede solicitarse:

  • por culpa, cuando uno de los cónyuges incurre en incumplimientos graves de los deberes matrimoniales;

  • de común acuerdo, cuando existe un período de cese efectivo de convivencia;

  • unilateralmente, luego de transcurrido el plazo legal de separación.


Además, la legislación mantiene plenamente vigentes los derechos y deberes respecto de los hijos, incorpora la compensación económica para proteger al cónyuge que sacrificó oportunidades laborales durante el matrimonio y regula de mejor manera las consecuencias patrimoniales derivadas de la ruptura.



¿Aumentó el divorcio después de la nueva ley?


Uno de los principales argumentos de quienes se opusieron a la ley era que facilitar el divorcio terminaría destruyendo la institución matrimonial. Sin embargo, la investigación desarrollada por Loreto Cox muestra un panorama considerablemente más matizado. Si bien el número de divorcios aumentó respecto de las antiguas nulidades, este incremento era esperable debido a que muchas parejas acumulaban años esperando una vía legal para regularizar su situación. Más importante aún, las tasas chilenas continuaron siendo inferiores a las observadas en numerosos países occidentales.


Asimismo, no se evidenciaron aumentos significativos en los nacimientos fuera del matrimonio ni una disminución importante de los matrimonios. Incluso, durante los primeros años posteriores a la reforma, estos mostraron un incremento.


En consecuencia, la evidencia disponible no respalda la idea de que la incorporación del divorcio haya provocado una crisis institucional del matrimonio.


Las transformaciones de la familia chilena.


El divorcio forma parte de un proceso mucho más amplio de transformación de la familia.

Las investigaciones demográficas muestran que durante las últimas décadas Chile ha experimentado importantes cambios:


  • disminución de la tasa de matrimonios;

  • aumento de las convivencias;

  • incremento de los segundos matrimonios;

  • mayor diversidad de estructuras familiares;

  • aumento de la edad al contraer matrimonio.


En este contexto, el divorcio constituye uno de varios fenómenos que reflejan la evolución de las relaciones familiares más que una causa aislada de dichas transformaciones. Los estudios longitudinales estiman que aproximadamente un 20 % de los matrimonios presenta riesgo de disolución después de veinte años de duración, considerando divorcio, separación permanente o nulidad.


El impacto psicológico del divorcio en los hijos.


Desde la psicología existe un consenso importante: el divorcio, por sí solo, no determina el bienestar psicológico de niños y adolescentes. Lo que realmente aumenta el riesgo de dificultades emocionales es la persistencia del conflicto entre los padres.


Cuando la separación ocurre en un ambiente caracterizado por violencia, hostilidad, manipulación de los hijos o ausencia de acuerdos parentales, aumentan significativamente las probabilidades de presentar ansiedad, problemas conductuales, dificultades escolares, consumo de sustancias durante la adolescencia e incluso problemas relacionales en la adultez.


Por el contrario, cuando los padres logran mantener una comunicación respetuosa, proteger a los hijos del conflicto y cooperar en la crianza, la mayoría de los niños logra adaptarse progresivamente a la nueva organización familiar. Los autores destacan que muchas de las reacciones iniciales disminuyen entre dos y tres años después de la separación, especialmente cuando existe estabilidad emocional y consistencia en la parentalidad.


El conflicto parental: el verdadero factor de riesgo.


Una de las principales contribuciones de la literatura psicológica consiste en distinguir claramente entre divorcio y conflicto. No es la existencia de dos hogares lo que explica el sufrimiento infantil, sino la exposición permanente a discusiones, violencia, descalificaciones mutuas, instrumentalización de los hijos y dificultades para ejercer una coparentalidad adecuada.


En este sentido, los profesionales de la salud mental enfatizan la importancia de que los hijos no sean utilizados como intermediarios, mensajeros o aliados en los conflictos entre los adultos.


La evidencia muestra que proteger a los niños del conflicto constituye uno de los factores más relevantes para favorecer su adaptación.


El divorcio como protección de derechos.


Desde una perspectiva histórica, el divorcio también ha representado una herramienta para proteger derechos fundamentales. El estudio de Francisca Rengifo demuestra que durante el siglo XIX muchas mujeres recurrieron a los procesos de divorcio eclesiástico como mecanismo para denunciar violencia, malos tratos y abusos cometidos dentro del hogar.


Estos procesos permiten comprender cómo el espacio doméstico, tradicionalmente considerado privado, también podía transformarse en un lugar donde se vulneraban derechos fundamentales, haciendo necesaria la intervención del Estado y de los tribunales.


Esta perspectiva histórica invita a comprender que el divorcio no solo representa el fracaso de un proyecto conyugal, sino también una herramienta jurídica destinada a proteger la dignidad y seguridad de las personas cuando la convivencia se vuelve insostenible.


Como reflexión final podemos observar que cuando se discute sobre divorcio implica hablar de familias, de vínculos humanos y de procesos de adaptación. La evidencia científica acumulada durante los últimos años permite superar muchas de las creencias que históricamente dominaron el debate público.

Hoy sabemos que el divorcio no constituye necesariamente el principal factor de riesgo para los hijos. Lo verdaderamente perjudicial es la persistencia del conflicto, la violencia y la incapacidad de los adultos para mantener una parentalidad cooperativa tras la separación.

Asimismo, la experiencia chilena demuestra que la incorporación del divorcio al ordenamiento jurídico no provocó la desintegración de la familia ni un aumento descontrolado de las rupturas matrimoniales. Por el contrario, permitió ofrecer una respuesta legal más justa a situaciones que ya existían, fortaleciendo la protección del cónyuge más vulnerable y regulando de mejor manera las responsabilidades derivadas del término del matrimonio.

Comprender el divorcio desde una perspectiva integral supone reconocer que el bienestar de las familias no depende únicamente de la permanencia del vínculo conyugal, sino también de la calidad de las relaciones que se mantienen antes, durante y después de la separación. Desde esta mirada, el desafío no consiste únicamente en legislar sobre el divorcio, sino en promover procesos de separación respetuosos, centrados en el interés superior de los hijos y en la protección efectiva de los derechos de todos los integrantes de la familia.


Referencias


  • Cox, L. (2011). Divorcio en Chile: Un análisis preliminar tras la nueva Ley de Matrimonio Civil. Estudios Públicos, 123, 95–187.

  • Rengifo, F. (2022). El hogar conyugal. Derecho, divorcio y violencia marital en el siglo XIX en Chile. Latin American Legal Studies, 10(2), 61–137. https://doi.org/10.15691/0719-9112Vol10n2a3

  • Roizblatt, A., Leiva, V. M., & Maida, A. M. (2018). Separación o divorcio de los padres. Consecuencias en los hijos y recomendaciones a los padres y pediatras. Revista Chilena de Pediatría, 89(2), 166–172. https://doi.org/10.4067/S0370-41062018000200166

  • Salinas Ulloa, V. (2018). Hacia la medición del riesgo de disolución del matrimonio en Chile. Estudios Demográficos y Urbanos, 33(3), 769–798. https://doi.org/10.24201/edu.v33i3.1720

 
 
 

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